Liquidación de prestaciones sociales: ¿Cómo hacerlas?

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¿Qué es la liquidación de prestaciones sociales?

 
Cuando hablamos de prestaciones sociales, hacemos referencia a los beneficios que reciben los empleados por parte de sus empleadores, diferente al salario mínimo.
Son retribuciones adicionales, monetarias y legales, por lo que deben estar previamente establecidas en el contrato laboral.
Estos beneficios tienen el objetivo de cubrir gastos y necesidades que tienen los empleados en su labor diaria, en relación con la empresa en la que trabajan. Por otra parte, podríamos decir que funcionan como un reconocimiento al esfuerzo cotidiano realizado por el personal. 
Cabe destacar, que con este monto de dinero que recibe el empleado, no se repara ningún tipo de daño realizado por el empleador.
 

¿Quién se encarga de la liquidación de prestaciones?

El personal del área administrativa de una empresa es quien se encarga de liquidar sueldos y prestaciones sociales. 
La liquidación de las prestaciones sociales debe ser un trabajo efectuado de manera metódica y con suma precisión. 
Esto se debe en primer lugar, a que  los empleados tienen el derecho de recibir adecuadamente este beneficio ya que se encuentran amparados por una ley. En segundo lugar, a que son los empleadores quienes responden frente a estas liquidaciones. 
Por todo lo anterior, es que el personal que realiza las liquidaciones debe estar correctamente capacitado. Cualquier error, ya sea a favor económico o no de la empresa, puede provocar problemas legales futuros. 

La liquidación de prestaciones sociales debe ser una tarea correctamente resuelta por el personal administrativo, para beneficio del empleado y del empleador. 

En Polisura, tenemos diplomados y programas técnicos para la formación en el área administrativa, que pueden potenciar tu desempeño y ayudarte a mejorar tu puesto de trabajo.

Fórmula de liquidación de prestaciones sociales 

Cesantías.

 
Las cesantías corresponden al aporte que reciben los empleados al momento de finalizar el contrato. Este tipo de cobro resulta una manera de subsistir para el trabajador que ya no posee un contrato de trabajo. 
Las cesantías corresponden a un salario mensual por cada año de trabajo, la fórmula para calcularlas es la siguiente:

Cesantía = (salario mensual * días trabajados) /360

Si durante los meses del año el salario se mantuvo en un monto fijo, entonces ese monto se utilizará para el cálculo de la cesantía. Si el monto fue variando, entonces se utilizará un promedio de todos los salarios. 
En el caso de haber trabajado por un tiempo menor, se calculará el proporcional correspondiente. 
Cabe destacar que  en el cálculo, se incluyen todos los salarios con horas extras, trabajo dominical y nocturno, comisiones, días festivos y auxilio de transporte. 
El empleador es quien tiene la responsabilidad de las cesantías una vez al año. El momento en que se liquida la cesantía es el 31 de diciembre o bien cuando finaliza el contrato. El  monto liquidado se deposita en un fondo de cesantías para el momento en que deba pagarle al empleado. 
Otra liquidación que debe realizarse de manera anual, son los intereses sobre las cesantías. Este valor es otro beneficio para el trabajador y corresponde al 12% de las cesantías calculadas anualmente. 

Las cesantías son responsabilidad del empleador y constituyen un ahorro para el trabajador ante cualquier necesidad como subsistencia, vivienda o la educación de los hijos. 

 

Prima de servicios.

 
Todo empleado en relación de dependencia, tiene derecho a cobrar la prima de servicios.
La prima de servicios se calcula con la misma fórmula que las cesantías, es decir, se le abona al empleado un salario por año trabajado. 
La fórmula para calcular la prima de servicios es:
 

Prima de servicios = (salario mensual * días trabajados en el semestre) /360

 
Pero entre estas liquidaciones existen algunas diferencias. Una de ellas es que en el cálculo de la prima de servicios se toman los valores del último semestre y no del año en su totalidad. Es decir, la liquidación es semestral, no anual. 
Otra diferencia es que la prima de servicios no se guarda en un fondo sino que se le retribuye al trabajador en dos cuotas al año. Estas cuotas deben ser abonadas en los meses de junio y diciembre, o bien, cuando finaliza el contrato. 
Al igual que con las cesantías,  se incluye todos los salarios con horas extras, trabajo dominical y nocturno, comisiones, días festivos y auxilio de transporte. 

La prima de servicios es un derecho que tiene todo trabajador en relación de dependencia. Es también una responsabilidad para todo empleador. 

 

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Conclusiones

 
Las prestaciones sociales son un derecho para todos los trabajadores en relación de dependencia. Es responsabilidad de los empleadores asegurar el cumplimiento de tal derecho y que el pago sea en tiempo y forma.
El área contable de la empresa es donde se realiza la liquidación de las prestaciones. El personal que realiza este tipo de tareas debe estar correctamente informado y poseer conocimientos sólidos sobre cómo hacer liquidaciones sin ningún tipo de errores. 
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Fuente: https://www.bancolombia.com/negocios/actualizate/legal-y-tributario/liquidacion-de-prestaciones-sociales
 

REDES: 

¿Sabes cómo hacer una liquidación de prestaciones sociales?

  • Realizar una liquidación de prestaciones sociales es una responsabilidad de la empresa, específicamente del área contable. Por esto, el personal de este sector debe estar capacitado en este tipo de tareas, para poder resolverlas sin inconvenientes. En Polisura contamos con un abanico de diplomados en el área de administración y contaduría para ayudarte a alcanzar tus objetivos laborales. 

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  • Ya sabes la importancia, tanto para la empresa como para los trabajadores, de realizar liquidaciones de prestaciones sociales correctas. Esto es un derecho de todo empleado y una responsabilidad de todo empleador. Para realizar una tarea intachable y crecer dentro del área contable, el Polisura tenemos formaciones completas y certificadas, que garantizan el mejor desempeño laboral.

 
 

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